COVOCATORIA A NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2013 :
Elecciones Municipales
Convóquese a nuevas Elecciones Municipales 2013, para el día 7 de julio de 2013, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales que se detallan en anexo adjunto, el que constituye parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Normas de aplicación
Las elecciones se regirán por lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; y, la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales.
Artículo 3.- Del Financiamiento
El financiamiento que demande la aplicación del presente Decreto Supremo se regirá por lo establecido en el artículo 373 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
Distritos en los que deberá llevarse a cabo las Nuevas Elecciones Municipales en el año 2013 por haberse revocado a más de un tercio del número de miembros del respectivo Concejo Municipal
(Resolución Nº 1071-2012-JNE)
* EL CASO DE MARCONA SE AJUSTA A ESTA RESOLUCIÓN.