Miércoles 30 de Mayo del 2012
NASCA: LA BATALLA DE DON AGUSTÍN
por Conde Chaucato
Saludamos la reciente publicación de un nuevo libro sobre la batalla de Nasca, del inquieto intelectual, artesano y periodista, señor don Aurelio Muñoz, haciendo votos para que su aporte se traduzca en nuevos hallazgos y/o esclarecidas reflexiones.
El tema en cuestión cobró celebridad casi una veintena de años atrás, cuando el señor don Wilfredo Gameros Castillo demostró documentalmente que la Primera Acción Armada de la Independencia sucedió dentro del mismo pueblo de Nasca el 14 de Octubre de 1820 y no en la hacienda Changuillo (distante unos 40 kilómetros al sur).
Su sensacional descubrimiento fue difundido en sendos artículos periodísticos, foros y principalmente en su libro: “Nasca: La Primera Batalla” (2004). Asimismo inició una gestión ante el Congreso de la República para que se efectúe la rectificación de la Ley No.-11634 del 21 de Noviembre de 1951, cuyo proyecto fue presentado por el entonces Diputado don Agustín Bocanegra y Prada, que consagra como lugar de los hechos a Changuillo.
Acaloradas reacciones se produjeron entonces, a favor y en contra, según interpretaciones y lecturas de cada quien. Y en medio de la batahola hasta se ha pretendido poner en tela de juicio el nasqueñismo de notables personalidades como son el escritor don Gregorio Martínez y el historiador don Josué Lancho, por haber cometido el “pecado” de expresar su libre opinión y disentir con los demás.
Nosotros hemos apoyado y apoyamos la causa de nuestro pueblo en honor a la verdad y la justicia, sin dejar de tributarle un reconocimiento a don Agustín Bocanegra. Porque insistimos y ratificamos nuestra expresión anterior: Antes de su gestión, ¡Nasca era un pueblo sin héroes ni batallas! Por la tradicional desidia y desinterés de nuestra propia gente derivada de una increíble desinformación que nos legaron las generaciones más cercanas al evento. Generaciones que hasta dejaron desaparecer invalorables testimonios de aquel hecho como fueron el PALO Ó CRUZ DE LA LIBERTAD, el ACTA DE DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA, además de mosquetes, lanzas, uniformes y otros. Durante décadas, NADIE de nuestra tierra escribió absolutamente ni siquiera una línea. Ningún Alcalde conmemoró nada.
Por eso, lo resaltamos ayer, lo hacemos hoy y seguiremos haciéndolo mañana: don Agustín tuvo el mérito inmenso de ser el UNICO que rescató aunque erróneamente, aquella batalla, y también la figura de don Fermín del Castillo Arias, Precursor de la Independencia.
Después de mucho tiempo y luego de leer y releer su libro que gentilmente nos obsequiara, no creemos estar equivocados al expresar que el discurso de Gameros Castillo ha sido encausado aparejando dos fines:
a)La Rectificación propiamente dicha traducida en un Proyecto de Ley para otorgarle al pueblo de Nasca lo que le corresponde y que hasta hoy ningún “patriótico” Congreso se digna en atender. ¿Estarán guardando el asunto para las vísperas del “Bicentenario”?
También deja mucho que desear la actitud pusilánime de nuestro pueblo, tal vez por falta de un liderazgo de autoridades e Instituciones representativas. ¿Qué esperamos, hermanos nasqueños, para elevar un Memorial al señor Presidente de la República?
b)Demolición de la figura de don Agustín Bocanegra y Prada, presentándolo como un bellaco malagradecido. En el mejor estilo del célebre Torquemada, no solo ha sido acusado...sino también condenado. Sin lugar a defensa...porque no está para defenderse. Y aún si viviera, no tendría chance: solo le quedaría beber la cicuta tal cual Sócrates.
He aquí que se le han colgado a su nombre graves adjetivos de “usurpación”, “tergiversación”, “manipulación”, “fraguar”, “extrema insolencia”, “sustracción (¿robo?), “compra” y “modificación” (¿fraude?). Y paralelamente también se ha acusado al Congreso de ésa época, de “haber festinado, quién sabe con qué mezquinos propósitos...” y además se ha afirmado temerariamente, que “la complacencia de los otros congresistas que favorecieron con su voto a don Agustín “era parte de la repartija del botín en el poder”. En suma, se le han atribuido un carga montón de “disparates y/ absurdos” dizque puso en juego para consumar el despojo que ha sufrido nuestro pueblo.
El Conde Chaucato opina que todo esto no abona en favor a la causa. Y no se confunda que estamos reclamando la absolución de don Agustín. Solo deseamos y hasta ¡exigimos! Ponderación, respeto... y más investigación, hasta hallar la verdad final.
Porque entre otras cosas, aseverar que don Agustín manejó al Congreso a su regalada gana para sacar ésa Ley, equivale a reconocerle póstumamente un poder que quizás ni siquiera tuvo el entonces omnipotente senador iqueño don Temístocles Rocha, hombre fuerte de don Manuel Odría. Y en el supuesto de que así fue, ¿De qué “repartija” y de que “botín” se habla?
Nos parece exagerado entremezclar “fraude” y “repartija del botín” como una maquiavélica fórmula para favorecer al entonces minúsculo pueblo de Changuillo, ajeno a ésas “maquinaciones”. Cuando se acusa, hay que ser muy cuidadosos y explícitos.
Porque no se explica textualmente de qué manera ésa modesta y políticamente insignificante Ley (en comparación con aquellas detrás de las cuales sí se mueven grandes intereses y apetitos) le pudo reportar dividendos ó retribución pecuniaria ó política a don Agustín. De veras –y basta con tener dos dedos de frente-no encontramos el más ínfimo asidero para acusarlo de haber armado gigantesco tinglado y tamaña conspiración contra nuestro pueblo.
Don Agustín Bocanegra quería a Nasca porque le abrió los brazos; en él formó su familia y fue honrado y colmado como a NADIE al ser elegido Alcalde en dos oportunidades y luego Diputado. Y él hizo obra con visión de estadista: Él tuvo que ver con el inicio de la explotación del hierro de Marcona y labró el perfil de moderno pueblo que hoy tenemos. Obra pública diversa e importante pese a las exiguas rentas municipales. Obra que no fue fácil ¡Eso sí que fue meritorio! Porque con los ingresos que hoy disfrutan las Municipalidades, sí que es fácil pavonearse de ello. Y precisamente y gracias a ése perfil, logró obtener el ascenso de Nasca a la categoría de Provincia. Solamente ése hito lo hace acreedor a eterna gratitud de nuestro pueblo. ¿Por qué, entonces, tendría que querer dañarnos y dañarse a sí mismo? Sinceramente creemos que tiene que haber otra explicación y otro sentido diferente al que se nos ofrece. La investigación debe continuar en pos de cabos que aún deben permanecer sueltos.
Siendo Bicameral el Congreso en ésa época, debemos asumir que dicha Ley fue promulgada con anuencia de las dos Cámaras a quienes hay que responsabilizar principalmente (por supuesto que sin eximir definitivamente a don Agustín) por no haber atendido y mucho menos debatido los informes de las acreditadas instituciones consultadas, toda vez que iban a contradecirlas.
Y finalmente, ofrecemos lo que consideramos el detalle más importante:
La Ley No.-11634 puede ser cuestionada por AMBIGUA y por tanto, podría ser factible someterla a un análisis e interpretación ante el Tribunal Constitucional: Su texto no constituye un tácito RECONOCIMIENTO OFICIAL del LUGAR de la batalla, lo cual tenía que haberse dejado sentado en la parte RESOLUTIVA del articulado, cosa que no se ha hecho.
Esa Ley únicamente dispone el bautizo del Puente en construcción (por donde pasaron granaderos y cazadores) y adicionalmente, la erección de un obelisco conmemorativo. Es así que solamente en los “considerandos” se cita que el lugar de los hechos fue Changuillo, sin mencionar las fuentes de donde partía esa certeza.
Por tanto nos identificamos con un Proyecto –no de “rectificación” de la Ley de marras- sino de una nueva Ley que simplemente establezca que la Primera Acción Armada de la Independencia fue en Nasca. Y punto.
condechaucato@yahoo.es