Ante las opiniones que vienen propagándose en el medio periodístico, las empresas aéreas operadoras en Nasca expresan a la opinión pública lo siguiente:
DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN CASO DE ACCIDENTES
La entidad especializada para la investigación de accidentes, es la Comisión de Investigación de Accidentes Aéreos (CIAA), dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
DE LAS POSIBLES CAUSAS DE UN ACCIDENTE DE AVIACIÓN
Una condición meteorológica;
Una condición humana; y
Una condición de mantenimiento.
Consideramos que el dar una opinión respecto de las causas del accidente sin haber sido este investigado, deviene en subjetiva e irresponsable, por ello nos reservamos el derecho de opinión.
RESPECTO DE LA ANTIGÜEDAD DE LAS AERONAVES
Informamos a la opinión pública que las aeronaves que operan en el circuito turístico de Nasca y Palpa, que son de propiedad de nuestros asociados pasan por revisiones técnicas de manera periódica, sea que se cumplen por vencimiento horario o calendario, que mantienen a nuestros aviones en condición aeronavegable, entiéndase por aeronavegable, la condición técnica y legal que permite volar a los aviones de manera segura.
Estas partes que se reemplazan periódicamente se definen como componentes con tiempo de vida límite, los componentes más críticos y que afectan directamente a la seguridad de vuelo son:
La aeronave; Las aeronaves tienen partes que cumplen con procesos de inspección, reemplazo y pruebas no destructivas requeridas por tiempo horario o calendario.
El motor; Este componente crítico de la aeronave tiene tiempo de vida límite, puede ser horario o calendario;
Horario, TBO 1700 horas de uso
Calendario, 12 años
La hélice;- Las hélices, también tienen tiempo de vida límite
Horario, 2400 horas
Calendario, 5 años
En conclusión podemos decir que los aviones no pasan a ser viejos ya que son renovados periódicamente y mantenidos aeronavegables.
NOTICE TO AIRMAN (NOTAM) “OPERACIÓN CON DOS TRIPULANTES TÉCNICOS, EN AERONAVES DOTADAS CON EL DOBLE COMANDO”
Con mucha preocupación informamos que el 27 de febrero la autoridad aeronáutica nos hace entrega de una notificación al piloto (NOTAM), en la que informan que a partir del 16 de marzo de 2010 las aeronaves autorizadas a realizar operaciones en el Circuito Turístico líneas de Nasca y Palpa deben estar dotadas de doble comando e incluir dos tripulantes técnicos habilitados en la aeronave- 01 piloto y 01 copiloto.
De acuerdo a los códigos de certificación para aeronaves de categoría normal (hasta 9 pasajeros), estas requieren de un solo piloto y no es requerido un copiloto para la operación de la aeronave.
La utilización de un copiloto no aportará ninguna seguridad adicional al vuelo, por el contrario generará un sobrecosto (dejar de vender un asiento y contratar a un técnico aeronáutico) a la ya difícil situación que tienen las empresas aéreas que operan en Nasca, las que para importar una aeronave, parte o repuesto aeronáutico deben pagar aranceles en el orden del 43% del precio FOB y que no tenemos ningún tipo de incentivo tributario para las actividades aeronáuticas, contrario a lo indicado por el señor Presidente de la República. Más bien consideramos oportuno mencionar que en el congreso de la República se encuentra encarpetado un proyecto de Ley sobre la exoneración de aranceles para la importación de aeronaves, partes y repuestos de uso aeronáutico.
ALAS PERUANAS;
AERO PALCAZÚ;
TRAVEL AIR;
TRANSPORTE AEREO EJECUTIVO;
ALAS DE AMÉRICA;
AEROTRANSPORTE MOCHE;
AERO PARACAS;
AIR MAJORO;
Manuel Huamaní Llamosas Presidente de la Cámara de Turismo de Nasca;
Ing. Barthelemy d´Ans Presidente del I.P.A. Planetarium Maria Reiche.
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